EL
PP CONVOCA LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA Y CONTRATACIÓN TRAS HALLAR
IRREGULARIDADES EN LOS DOS PISOS DEL FIRMANTE DE LA MAREA
Rosa
Gallego, tras consultar el expediente y como presidenta de la
Comisión, exigirá explicaciones el miércoles a los concejales de
Contratación y de Urbanismo.
El
PP considera que la compra de ambas viviendas debería ser
considerada nula al no cumplir las bases según la documentación
consultada.
La
portavoz Popular denunció que el otro piso comprado al firmante por
91.290 € en la calle Santander tampoco cumple con la superficie
útil mínima que exigen las bases.
La
Portavoz del Grupo Municipal Popular, Rosa Gallego, convocó esta
mañana, en su condición del presidenta, la Comisión municipal de
Transparencia y Contratación para el miércoles 21 de febrero. El PP
exigirá que el concejal de Contratación, autorizante de la compra,
y el de Rexeneración Urbana, responsable urbanístico del
expediente, den explicaciones a los Grupos municipales sobre las
irregularidades detectadas en la compra de dos inmuebles a un
firmante de la Marea por importe total de 145.000 euros.
La
Portavoz Popular ha convocado la Comisión tras tener acceso al
expediente solicitado por el PP en el registro municipal el 2 de
febrero. En la revisión los Populares detectaron irregularidades en
la adquisición de dos inmuebles a un firmante de la Marea que deben
ser explicadas por los responsables municipales a la oposición.
Las
irregularidades halladas por los Populares son numerosas y de calado
en el caso del inmueble de la calle Joaquín Martín Martínez
adquirido por importe de 54.575 euros:
1.
El inmueble figura en el Registro de la Propiedad como local
comercial y en el Catastro como Oficina cuando la convocatoria
pública era exclusivamente para viviendas.
2.
En la escritura de compraventa municipal, de diciembre de 2017, se
recoge que se compra un local comercial y no una vivienda.
3.
El inmueble no cumple con la superficie útil mínima que exigen las
bases: debería tener un mínimo de 50m2 útiles y tiene 47,2m2 según
la escritura del vendedor y en la de compra del Ayuntamiento, en el
Registro y en la tasación externa solicitada por el Gobierno.
4.
El inmueble no cumple con la superficie útil mínima para el
dormitorio principal que exigen las bases; debería tener un mínimo
de 8m2 útiles y los dos del inmueble tienen 7,28m2 y 7,32m2 según
el informe de valoración municipal.
5.
El vendedor no era el titular registral de la totalidad del inmueble
cuando presentó la oferta en julio: entregó la solicitud de cambio
en el Registro de la Propiedad a finales de septiembre.
6.
El Gobierno municipal ordenó tasar el local comercial como vivienda,
como destaca la tasación externa, a pesar de que sabía que no lo
era. No se compró por debajo del precio del mercado ya que en la
tasación se compara con viviendas y no con locales.
7.
El Gobierno municipal pagó como vivienda lo que era y sigue siendo
local comercial, ahorrando al firmante el gasto de la tramitación
del cambio de uso (proyecto, obra y tasas).
8.
En el expediente no hay ningún informe que confirme que cumple todas
las condiciones para asegurar el cambio de uso, sólo que es posible
su tramitación. El cambio se inició en febrero de 2018, tras la
compra. ¿Qué pasará si el cambio de uso no es posible?
9.
El vendedor no presentó ningún documento confirmando que la
comunidad de vecinos había aprobado la instalación de ascensor,
pidiéndolo el Ayuntamiento a posteriori.
En
el examen de la documentación no enviada por el Gobierno municipal,
el PP también encontró irregularidades en el otro piso comprado al
firmante de la Marea, ubicado en la calle Santander, por importe de
91.290 euros. El inmueble tampoco cumple con la superficie útil
mínima que exigen las bases. La vivienda tiene 49,55 m2 útiles
según el Registro, cuando se exige un mínimo de 50 m2.
Por
tanto, ante unos incumplimientos de las bases por los que ambos
inmuebles deberían haber sido excluidos, el PP ha convocado la
comisión municipal de Transparencia y Contratación para que el
Gobierno municipal ofrezca explicaciones a la oposición.
Por
lo visto en la documentación consultada, Gallego considera nula la
compra de ambas viviendas al no cumplir las bases, que son las que
regulan los procedimientos administrativos. La Popular señaló que
no hay ningún informe que contradiga los metros útiles de ambos
pisos que figuran en el Registro, por lo que la no exclusión de
ambos inmuebles vulnera el principio de libre concurrencia. Pudo
haber propietarios de locales comerciales que tras leer las bases no
se presentaron por no ser viviendas o dueños de viviendas que no se
presentaron porque no cumplían con la superficie.
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